La Corte deberá resolver sobre la reelección indefinida en Formosa y San Juan

Continúa la polémica ante una posible resolución de La Corte Suprema de Justicia de la Nación, que habilite a Sergio Uñac y a Gildo Insfrán a participar en las próximas elecciones provinciales como candidatos a la gobernación.

Política Local 30/05/2023 la redacción
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 L uego de la medida cautelar interpuesta por el fuero electoral local, ante el incumplimiento por parte de los actuales gobernadores Sergio Uñac (San Juan) y Gildo Insfrán (Formosa) en relación con el máximo establecido en las Constituciones provinciales en cuanto a la cantidad de términos consecutivos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación finalmente tendrá que resolver si habilita o no a los candidatos. En este contexto en un caso similar en la provincia de Tucumán, ya la justicia resolvió desfavorablemente contra  Juan Manzur, quién finalmente desistió de integrar la fórmula como vicegobernador.

juan-manzur-y-sergio-unac-2jpgLa Corte Suprema Suspendió las elecciones en Tucumán y San Juan

Para comprender mejor el contexto, es necesario realizar una breve cronología sobre los cargos ocupados por Sergio Uñac y Gildo Insfrán. Sergio Uñac se desempeña como gobernador de la provincia de San Juan desde diciembre de 2015. Antes de ocupar este cargo, Uñac fue senador nacional por su provincia y también ejerció como diputado provincial.  En el caso de Gildo Insfrán, es el actual gobernador de la provincia de Formosa desde 1995, acumulando uno de los mandatos más largos en la historia de Argentina — donde se ocupó de utilizar durante sus 28 años de mandato ininterrumpidos, a la provincia como un feudo personal a beneficio de familiares y amigos — Durante su extenso período como gobernador, Insfrán ha implementado políticas que han generado controversia, especialmente en relación con los derechos humanos y las condiciones de vida de los habitantes de Formosa la cual depende de la coparticipación ( aporta el 0.3% de los recursos coparticipables y recibe el 3.7% es decir más de 10 veces) para afrontar un déficit que mantiene al 67% de la población económicamente activa de la provincia como empleados estatales.


El caso de Formosa

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Gildo Insfrán, Siete veces gobernador y dos veces vicegobernador de la provincia de Formosa

En el caso particular de la provincia de Formosa, el Procurador General Eduardo Casal expresó su desacuerdo con la intervención de la Corte Suprema en el caso relacionado con la solicitud de declaración de certeza e inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de Formosa, que se refiere a la reelección del gobernador. Sin embargo, aclaró que si el Tribunal Supremo determina que hay circunstancias extremas que afectan al sistema republicano o violan la Constitución Nacional, podría optar por la intervención procesal que considere apropiada. A pesar de que la opinión del Ministerio Público Fiscal no es vinculante, los jueces podrían tenerla en cuenta para decidir, en primer lugar, si aceptan tratar la solicitud y, si lo hacen, luego resolver sobre la legalidad del artículo que permite la reelección indefinida de Gildo Insfrán. El caso en cuestión sería una acción declarativa sobre si Insfrán puede ser candidato o no, ya que aún no ha formalizado su postulación, aunque ya ha comenzado su campaña de hecho con publicidad en toda la capital formoseña. Con la opinión de la Procuración, se han cumplido los pasos previos necesarios para que los jueces avancen en el debate, pero la Corte tiene su propia agenda — carentes de plazo en cuestiones de fondo — de temas a discutir en cada reunión de acuerdos, y ese orden de prioridades no es público.

En el video se puede ver como un puntero político que opera para Insfrán, humilla a niños carenciados aprovechándose de su estado de indefensión para hacer adoctrinamiento político por medio del hambre | Fuente youtube:  @indignadoxd

Además, desde fuentes judiciales  consultadas por este medio, destacaron que no hay precedentes sobre la revisión de una Constitución provincial, lo cual una resolución en este sentido sentaría un importante precedente que podría marcar futuras situaciones similares en otras provincias, donde los dirigentes políticos han oficiado más de autoridades feudales que como representantes del pueblo. En este sentido la diferencia con los casos de San Juan y Tucumán es que las primeras demandas están relacionadas con el cumplimiento de la letra de la Constitución, y no con la revisión de alguno de sus artículos como en el caso de Formosa.

Con  solicitud interpuesta por el ex juez federal y candidato a diputado nacional por la Alianza Juntos por Formosa Libre, Fernando Carbajal, pidió poner fin a un estado de incertidumbre ante lo que consideró la ambigüedad del artículo que permite la reelección indefinida de Gildo Insfrán. Carbajal señaló que en la reforma de 2003 de la Constitución provincial, el artículo 132 quedó redactado de la siguiente manera:

El Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos

En su denuncia, Carbajal enfatizó que esta norma deja abierta la posibilidad de que una persona se perpetúe en el poder, lo que podría ser consecuencia de una omisión del constituyente. En este contexto, Carbajal se basó en la interpretación literal del artículo 5° de la Constitución Nacional, que establece que las provincias no pueden, al dictar su Constitución, dejar de observar los principios, declaraciones y garantías de la Carta Magna Nacional. Además, solicitó que se dicte una medida cautelar que suspenda la convocatoria a elecciones y los comicios provinciales.

Finalmente con lo plazos electorales cada vez más cerca y en el caso de San Juan, ya cumplidos, será necesario una resolución de la CSJN que sirva como guia y jurisprudencia en un clima político donde, desde los partidos tradicionales buscan reproducir autoritarismo.